Dictamen nº 4978 de Contraloría General de la República, de 4 de Febrero de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238922338

Dictamen nº 4978 de Contraloría General de la República, de 4 de Febrero de 2004

Nº 4.978 Fecha: 4-II-2004

Esta Contraloría General ha recibido nuevamente para su toma de razón Resolución 202, de 2003, del Servicio de Impuestos Internos, que afina un proceso sumarial instruido en el Servicio indicado, al término del cual se sanciona a don X.X., Fiscalizador, grado 15°, y a Y.Y., Administrativo, grado 18°, con la medida disciplinaria de destitución.

Por su parte, el señor X.X. y el señor Y.Y. se han dirigido a este Organismo de Control, impugnando la medida disciplinaria que se les viene imponiendo, por las razones que esgrimen.

Sobre el particular, esta Entidad Fiscalizadora debe manifestar, en primer término, que esa superioridad con anterioridad remitió el proceso sumarial de que se trata, para su respectivo estudio de legalidad, oportunidad en que fue devuelto por medio del dictamen Nº 39.410, de 2003, de este Organismo, teniendo en consideración para estos fines, según se concluyera, en síntesis, que resultaba imprescindible que la fiscalía instructora se pronunciara puntualmente en relación a la posibilidad de que una tercera persona pudiera ocupar las claves de los funcionarios, lo que era fundamental para la resolución del proceso en estudio, como asimismo, se determinó que debía citarse a declarar a los señores Z.Z. y W.W., contador y ex funcionario de la empresa COIMPEX Limitada, entidad a la que se habría vendido la información tributaria objeto del presente sumario, ya que, ello resultaba del todo necesario, a fin de agotar la investigación de los graves hechos denunciados.

Por su parte, el señor Y.Y. expresa, que luego de la reapertura del proceso ordenada por el citado oficio Nº 39.410, de 2003, una vez más, no se encuentra fehacientemente acreditado el cargo que se le formula a fojas 570 y siguientes de autos, el que dice relación con que, en su calidad de funcionario administrativo, grado 18°, ubicado en el Departamento de Resoluciones de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente, procedió a efectuar indebidamente consultas al Sistema de Información Integrada del Contribuyente, respecto de los contribuyentes que allí se individualizan, aseverando que los hechos que se le imputan no han sido cabalmente investigados por el fiscal instructor del sumario en comento, considerando para estos fines, especialmente, que las consultas efectuadas con la clave secreta del señor Y.Y. el día 15 de marzo de 2002, entre las 10:35.10 horas y las 16:25.17 horas, se hicieron mientras se encontraba fuera de la...

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