Dictamen nº 54727 de Contraloría General de la República, de 3 de Noviembre de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238915802

Dictamen nº 54727 de Contraloría General de la República, de 3 de Noviembre de 2004

N° 54.727 Fecha: 3-XI-2004

La empresa Inlac S.A., representada por don JR, solicita la reconsideración del dictamen 4984, de 2004, por el que este Organismo estableció que no había lugar a determinados cobros que formuló el mismo reclamante con motivo de la convención denominada "Colector de Aguas Lluvias Lo Martínez, Contrato LM-O1, Región Metropolitana", celebrada con la Dirección de Obras Hidráulicas.

Expresa la ocurrente, en síntesis, que le corresponde el pago de $ 275.518.819, lo que desglosa de la siguiente manera: obras impagas ejecutadas por $ 101.289.956; obras extraordinarias por suministro de materiales, $ 24.396.981; .obras extraordinarias ordenadas por la Inspección Fiscal, $ 4.996.778; indemnización por mayor plazo, $ 23.476.557; reembolso de gastos por aceleración de obras, $ 39.255.881; gastos directos por atrasos en el programa de trabajo, $ 81.722.285; y pago de reajuste por atrasos en cancelación de dos Estados de Pago, $ 380.381.

Sobre el particular, cumple manifestar que el contrato en cuestión fue adjudicado a la empresa Inlac, mediante resolución N° 115, de 2001, de la Dirección de Obras Hidráulicas, por un monto de $ 865.938.560, bajo el sistema a serie de precios unitarios y con plazo de 270 días.

En cuanto a la excavación en zanja, que fundamenta diversos aspectos de la reclamación formulada, debe manifestarse, en términos generales, que las bases administrativas del contrato, en el artículo 5°, disponen que las cantidades de obras a pagar serán las que correspondan a los perfiles teóricos según planos, efectivamente realizadas y aprobadas por la Inspección Fiscal; y las bases de medición y pago, en la letra F, establecen que se pagarán los metros cúbicos de volumen geométrico resultante entre la línea de terreno antes de excavar y las líneas teóricas del proyecto definidas en los planos o modificadas por el Inspector Fiscal.

En esta oportunidad el contratista reitera su interpretación en cuanto a la forma de determinar los volúmenes de excavación, relleno y transporte de excedentes de tierra. Sobre este aspecto es preciso manifestar que la controversia incide, en lo principal, en el procedimiento para establecer la línea teórica que sirve de base para definir los perfiles de corte y así calcular la magnitud de las labores que se desarrollaron en lo atinente a dicho material. Para dilucidar , dicha cuestión es preciso tener presente lo estipulado en las citadas bases administrativas, en las especificaciones...

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