Dictamen nº 14796 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2003 - Doctrina Administrativa - VLEX 238907070

Dictamen nº 14796 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2003

N° 14.796 Fecha: 14-IV-2003

Don M.Y., se ha dirigido a la Contraloría General para consultar si en su calidad profesional de "Ingeniero de Ejecución en Construcción", se encuentra habilitado para firmar planos de alcantarillado y agua potable.

En relación a la interrogante planteada, la cual incide en la proyección de obras de alcantarillado y agua potable, preciso resulta tener en consideración, por una parte, los conceptos atinentes a la materia establecidos en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, tales como proyecto, proyectista y profesional competente, a cuyo efecto preceptúa:

"Proyecto": conjunto de antecedentes de una obra que incluye planos, memorias, especificaciones técnicas -y, si correspondiere, presupuestos.

"Proyectista": profesional competente que tiene a su cargo la confección del proyecto de una obra sometida a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

"Profesional competente": el arquitecto, ingeniero civil, ingeniero constructor o constructor civil, a quienes, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, les corresponda efectuar las tareas u obras a que se refiere la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la presente Ordenanza.

Por otra parte, y a fin de determinar concretamente qué profesionales se encuentran habilitados para proyectar obras de alcantarillado y agua potable, debe distinguirse si éstas corresponden a instalaciones o redes públicas o domiciliarias.

Respecto de las primeras -redes públicas de agua potable y alcantarillado-, y de conformidad con la legislación vigente -ley 7.211, artículo 12 y...

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