Dictamen nº 47092 de Contraloría General de la República, de 9 de Octubre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238893890

Dictamen nº 47092 de Contraloría General de la República, de 9 de Octubre de 2008

N° 47.092 Fecha: 9-X-2008

La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido una consulta formulada por el Gobernador Provincial de Valparaíso para que se le informe acerca de las normas y procedimientos aplicables a la administración de edificios de propiedad fiscal en que funcionan diversos servicios públicos, especialmente a la determinación de los gastos comunes, la dictación de un reglamento de administración consensuado por todos los asignatarios del edificio y la posibilidad de aplicar supletoriamente las normas de la ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.

Expresa, en síntesis, el referido Órgano Regional que, en su opinión, no resultan aplicables en la especie las normas de la ley N° 19.537, por cuanto éstas se refieren a condominios integrados por inmuebles sobre los cuales distintos propietarios pueden constituir dominio exclusivo, lo que resulta improcedente en este caso por tratarse de un inmueble de propiedad fiscal, que ha sido destinado a las distintas instituciones o servicios que lo ocupan. Respecto al monto de los gastos comunes, estima que debiera atenderse a lo expresado por la jurisprudencia administrativa, en los dictámenes N°s 9.886, de 1996, 1.320, de 1988 y 15.973, de 1987, entre otros, en cuanto a que los gastos derivados de la mantención y consumos básicos deben pagarse conjuntamente por los usuarios de común acuerdo, aportando cada uno proporcionalmente, con cargo a los recursos disponibles en sus respectivos presupuestos; sobre el reglamento, sostiene que los organismos públicos que ocupan el edificio fiscal deberían consensuar la normativa de uso y administración de los espacios comunes.

Requerido su informe sobre la materia, el Ministerio de Bienes Nacionales, mediante oficio ORD. DBSN. N° 564 de 25 de agosto de 2008, expresa que se encuentra en etapa de aprobación de la autoridad correspondiente, un Reglamento de Administración de Edificios Fiscales, que tiene por objeto precisar los derechos y obligaciones de los distintos usuarios de un mismo edificio fiscal, el uso exclusivo y común de los espacios comunes, la proporción en que cada uno de los usuarios debe contribuir al pago de los gastos y expensas comunes, así como la reglamentación de las relaciones entre los distintos ocupantes y, en general, proveer al buen funcionamiento interno del edificio, informando finalmente que en un plazo prudente enviará copia del documento definitivo.

Sobre el particular, cabe expresar que se coincide con lo...

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