Dictamen nº 21045 de Contraloría General de la República, de 22 de Abril de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238605966

Dictamen nº 21045 de Contraloría General de la República, de 22 de Abril de 2010

N° 21.045 Fecha: 22-IV-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Andrés Gustavo Trincado Vergara, ex funcionario del Ejército de Chile, para impugnar la evaluación que se le habría asignado por su desempeño en el Hospital Militar de Santiago.

Requerido su informe, el mencionado establecimiento asistencial ha manifestado, en síntesis, que el recurrente fue designado en calidad de a contrata, desde el 1 de agosto al 31 de diciembre de 2008, renovándose su contratación hasta el 31 de diciembre de 2009, data en que cesó en funciones por vencimiento del plazo y no por obtención de una evaluación deficiente.

Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 3°, letra b), del D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, dispone que el empleado a contrata es aquel que desempeña un empleo de carácter transitorio. Añade, el artículo 254, letra b), de dicho cuerpo legal, que los trabajadores a contrata cesan en servicio por vencimiento del plazo de contratación.

En este sentido, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el interesado expiró en funciones por vencimiento del plazo de contratación, de modo que resulta innecesario pronunciarse sobre el proceso calificatorio que impugna, ya que la evaluación se vincula con el resguardo de la carrera funcionaria, de la cual se excluyen los servidores que pierden su condición de empleados, tal como se informó en el dictamen N° 49.089, de 2008, de esta Entidad de Control.

Tratándose de la denuncia por acoso laboral, se debe indicar que la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida en los dictámenes N os 60.136, de 2008 y 69.660, de 2009, entre otros, informó que la existencia de situaciones como la que se reclama, debe ser analizada en las instancias judiciales pertinentes o mediante la instrucción de un procedimiento sumarial, tal como ocurrió en la especie, pues mediante la resolución N° 1585/47, de 2009, el Director General del Hospital Militar de Santiago, ordena la instrucción de una investigación sumaria administrativa para averiguar los hechos denunciados.

Enseguida, en relación con las remuneraciones que se le pagaron, que no corresponderían a las que se le habrían ofrecido, cabe señalar que el inciso primero del artículo 167 del citado D.F.L. N° 1, de 1997, dispone que el personal tendrá derecho, como retribución de sus servicios, a percibir en forma regular y completa, el sueldo y demás...

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